Canales de Denuncia

Existen requisitos legales que obligan a las empresas a disponer de canales internos de denuncia. La Directiva de la Unión Europea 2019/1937 impone la obligación de contar con canales internos de comunicación, tanto en el sector público como en el privado deberían tener un canal de denuncias:

  • Las organizaciones que tengan contratados 50 o más trabajadores (tanto del sector público como privado)

  • Las entidades que integran el sector público, entre las cuales se destacan: la Administración General del Estado, las Administraciones de las comunidades autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía y las Entidades que integran la Administración Local, las universidades públicas y las fundaciones del sector público

  • Los sujetos obligados por la Normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo

  • Organizaciones obligadas a tener un Plan de Igualdad

  • Entidades educativas o deportivas en las que haya presencia de menores

  • Los entes que deseen participar en determinadas licitaciones y recibir fondos europeos

  • Organizaciones con Programas de Cumplimiento Normativo Penal

  • Organizaciones que requieran certificarse conforme a los estándares UNE-ISO 37001, UNE-ISO 37301 y UNE 19601.

Los canales de denuncia de PEPData

Se trata de soluciones sencillas y 100% online para denuncias anónimas, que permiten informar de situaciones como la corrupción, los prejuicios, la violencia y el abuso de poder. En PEPData tenemos:

FAQs

¿Cuál es la diferencia entre los dos canales de denuncia interna de PEPData?

El Canal de Denuncias de Gestión Interna es un canal sencillo, que envía automáticamente la información al responsable de su organización de forma anónima y segura.

En este caso, corresponde al responsable de su organización ocuparse de todos los procesos siguientes exigidos por la ley.

El Canal de Denuncias Interno de Gestión Externa Funciona de la misma forma, pero el informe interno se envía directamente a una entidad externa a su organización. Esta entidad tramitará todos los procedimientos dentro de los plazos legales desde el momento en que se reciba la denuncia.

En este caso concreto la entidad es Quismondo y Asociados.

¿Cuál es la ventaja del canal de denuncia interno de gestión externa?

La principal ventaja el Canal de Denuncias Interno de Gestión Externa es que todos los trámites exigidos por la ley tras recibir una denuncia son realizados por un equipo de abogados especializados.

¿Cuáles son los procedimientos exigidos por la ley tras recibir una denuncia?

Los procedimientos son los exigidos en el Anteproyecto de Ley de Protección de los denunciantes.

Esto incluye varios plazos y requisitos, entre ellos:

Notificar al denunciante dentro de los siete días siguientes a la recepción de la denuncia e informarle, "de forma clara y accesible, de los requisitos, autoridades competentes y forma y admisibilidad de la denuncia externa".

Seguimiento de la denuncia, adoptando el responsable "las medidas internas adecuadas para verificar las alegaciones contenidas en la denuncia y, en su caso, hacer cesar la infracción denunciada, incluso abriendo una investigación interna o informando a la autoridad competente para la investigación de la infracción, incluidas las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea".

Las entidades obligadas disponen entonces de tres meses desde la denuncia para comunicar "al denunciante las medidas previstas o adoptadas para dar curso a la denuncia y los motivos de las mismas".

Además, "el denunciante podrá solicitar, en cualquier momento, que las entidades obligadas le comuniquen el resultado de su análisis de la denuncia dentro de los 15 días siguientes a su conclusión".

La entidad responsable de la tramitación de la denuncia también está obligada a conservarla durante "cinco años y, con independencia de este periodo, mientras esté pendiente cualquier procedimiento judicial o administrativo relacionado con la denuncia".

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